La Ley del Régimen Electoral (Ley 026) establece que el certificado de sufragio es el único documento que acredita haber cumplido con la obligación del voto.
Hasta el 17 de enero de 2026, los ciudadanos tienen la obligación de exhibir el certificado de sufragio del balotaje del 19 de octubre o el certificado de exención, recordó la vocal del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz, Judith Sánchez.
“En atención a lo establecido en el artículo 154 de la Ley del Régimen Electoral (Ley 026), dentro de los 90 días siguientes a la elección deberá presentarse el certificado de sufragio o, en su defecto, el documento de exención, para acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios y obtener el pasaporte”, explicó.
La Ley del Régimen Electoral (Ley 026) establece que el certificado de sufragio es el único documento que acredita haber cumplido con la obligación del voto.
Sin este certificado, el comprobante de haber pagado la multa o el certificado de exención, los ciudadanos no pueden acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios ni obtener el pasaporte.
Precisamente el martes concluyó, a escala nacional, la entrega del certificado de exención a las personas que no emitieron su voto por causas justificadas como fuerza mayor, viajes, enfermedad o caso fortuito.
En Santa Cruz, 25.271 personas obtuvieron el certificado de exención de sufragio emitido por el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz, a través de la Secretaría de Cámara, cita un reporte de Fuente Directa.
En conferencia de prensa, la presidenta del TED Santa Cruz, María Cristina Claros, informó que, de los 25.271 certificados emitidos, 19.995 correspondieron a casos de fuerza mayor y 4.354 a hechos fortuitos. Además, se extendieron 337 certificaciones a personas mayores de 70 años.
También se otorgaron 380 certificados de impedimento de sufragio de manera manual por parte de notarias y notarios el día de la votación.
“Además de quienes justificaron su ausencia en las urnas, se emitieron certificados de exención a las personas que pagaron las multas establecidas por no votar o por no ejercer la función de jurada o jurado electoral, en un total de 205”, señaló.
Mientras que el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Potosí emitió 8.423 certificados exención de sufragio.
De los 8.423 certificados de exención de sufragio emitidos en Potosí, 7.673 correspondieron a fuerza mayor, 624 a casos fortuitos y 106 a personas mayores de 70 años, quienes están exentas de la obligación de votar. Los 20 casos restantes fueron resueltos mediante el pago de la multa.
ABI

