El 18 de noviembre fenece el plazo para que las personas que no pudieron votar en la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2025, el 19 de octubre, tramiten el certificado de exención en los tribunales electorales departamentales.
Pueden solicitar el certificado las personas que no emitieron su voto por causas justificadas, como viaje, enfermedad o fuerza mayor. Deben presentar la documentación que respalde su solicitud.
La encargada de bases de datos del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Pando, Silvia Caraballo, informó que hasta la fecha entregaron 2.936 certificados de impedimento, de los cuales 2.757 corresponden a casos de fuerza mayor, 120 a casos fortuitos y 59 a ciudadanos mayores de 70 años, cita un reporte de Fuente Directa.
El certificado de exención se entrega en oficinas del TED Pando, ubicadas en la avenida 9 de Febrero Nro. 270, en horarios de atención de lunes a viernes, de 08h30 a 16h30, hasta el 18 de noviembre de 2025.
El plazo para realizar este trámite se rige en el artículo 154, inciso III, de la Ley del Régimen Electoral (Ley 026), que otorga 30 días posteriores al día de la elección para este procedimiento.
El certificado de exención es requisito para realizar trámites bancarios, notariales o administrativos en suplencia del certificado de sufragio que evidencia haber sufragado en una elección.
ABI



