El TCP garantiza el cumplimiento del calendario electoral rumbo a agosto

Se dispuso un instructivo que busca dar certidumbre respecto al desarrollo de las elecciones generales.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) dispuso un instructivo para los juzgados y salas constitucionales, a fin de que los recursos judiciales sean resueltos inmediatamente y de esta manera se garantice el cumplimiento del calendario electoral.

El objetivo de esta medida, explicó el presidente del TCP, Gonzalo Hurtado, es garantizar plenamente el desarrollo de las elecciones generales, previstas para el 17 de agosto de 2025.

“Ninguno de los recursos judiciales debe alterar o modificar el calendario electoral y tampoco podrá retrotraer acciones que hayan sido superadas en el calendario electoral”, señaló Hurtado, quien dio lectura al comunicado emitido por el TCP, en conferencia de prensa.

Esta determinación fue asumida en sala plena del TCP para dar certezas al país y garantizar la realización de “elecciones transparentes en los tiempos que la Constitución Política del Estado lo establece”.

El comunicado del ente judicial fue emitido en el contexto de la polémica por la presentación de una serie de recursos legales y constitucionales, por diversas personas, que objetan la participación o inhabilitación de organizaciones políticas, de cara a las elecciones generales.

Vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) alerta- ron de que estos recursos podrían obstaculizar el normal desarrollo del proceso electoral, en el marco del cronograma establecido.

En ese contexto, el titular del TCP expresó su preocupación por las “constantes amenazas al proceso democrático por parte de diversos actores políticos que buscan generar incertidumbre respecto a las elecciones nacionales de 2025, promoviendo acciones jurídicas y movilizaciones sociales”.

Por ello, la instancia judicial remarcó su compromiso de garantizar las elecciones y disipar cualquier duda respecto a la realización de las mismas.

Las medidas asumidas por el TCP responden al pedido hecho por el Gobierno nacional, así como partidos de oficialismo y oposición, en el sentido de resguardar el proceso electoral, para lo cual exigieron a la Cámara de Senadores que se apruebe el proyecto de Ley de Preclusión.

Esta norma, requerida por el TSE, establece la plena competencia del Órgano Electoral para dirimir en asuntos vinculados a materia electoral, evitando interferencias de otros órganos del Estado en el proceso.

Además, el propio TCP se compromete a “resolver con carácter prioritario y con celeridad los procesos constitucionales que se han puesto a su conocimiento de conformidad al acuerdo de priorización de sorteo de causas suscrito por esta sala plena”.

DESESTIMAN ACCIÓN POPULAR

La Sala Constitucional Cuarta de la ciudad de Santa Cruz desestimó ayer una acción popular presentada por el ciudadano Humberto Vidaurre Castillo, que pedía la cancelación de la personería jurídica de ocho organizaciones políticas.

Acción Democrática Nacionalista (ADN), Partido de Acción Nacional Boliviano (PAN-BOL), Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), Partido Demó- crata Cristiano (PDC) Frente Para la Victoria (FPV), Autonomía Para Bolivia-Súmate (APB–Súmate), Unidad Nacional (UN) y el Movimiento Demócrata Social (Demócratas) eran las siglas en riesgo con el recurso.

En la acción popular, Vidaurre también pedía la in- habilitación de APB–Súmate, nuevamente, y del Movimiento de Renovación Nacional (Morena) en las elecciones.

AEP

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