Así lo consigna el tercer punto del convenio firmado el 7 de noviembrede 2023 en La Paz.
La Paz, 07 de marzo de 2024 (AEP).- Los denominados asambleístas “evistas” pactaron primarias abiertas a cambio de la reelección de Andrónico Rodríguez en la presidencia del Senado, así quedó establecido en el acuerdo firmado con la oposición en noviembre.
Así lo consigna el tercer punto del acuerdo firmado el 7 de noviembre de 2023 entre los legisladores evistas, camachistas y mesistas horas antes de que se desarrolle la votación con la que Rodríguez logró un “contundente respaldo de más dos tercios de los legisladores presentes” para una nueva gestión al frente del Senado.
Incluso se fijó un calendario electoral tentativo. “Las fechas electorales serán: primarias, primera semana de julio de 2025; primera vuelta, primera semana de septiembre de 2025; eventual segunda vuelta primera semana de octubre de 2025; transmisión del mando presidencial el 8 de noviembre de 2025”.
En sintonía con ese acuerdo, el presidente de la alianza Comunidad Ciudadana, Carlos Mesa, presentó este miércoles el anteproyecto de Ley de Elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas, Obligatorias y Competitivas.
El expresidente y exvicepresidente en el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada dijo que la “propuesta es para unas elecciones primarias verdaderamente democráticas y competitivas que colocan la demanda de unidad de la oposición en manos del pueblo”.
A tono con la posición, el jefe de Creemos y gobernador encarcelado Fernando Camacho respaldó la propuesta “para lograr una ley que abra la posibilidad de elecciones primarias abiertas obligatorias y simultáneas, para que sean los propios ciudadanos quienes elijan con su voto al mejor candidato para sacar de la crisis al país y para recuperar la democracia”.
La celebración de las elecciones primarias está inscrita en el artículo 29 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas y es un requisito para participar en las elecciones de presidente y vicepresidente del Estado.
“Para participar en la elección de presidenta o presidente y vicepresidenta o vicepresidente del Estado Plurinacional, los partidos políticos o alianzas elegirán a su binomio en un proceso electoral primario, obligatorio y simultáneo convocado por el Tribunal Supremo Electoral y realizado ciento veinte (120) días antes de la emisión de la convocatoria para las elecciones generales, con participación exclusiva de la militancia de la organización política”, refiere el artículo 29.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) convocará a las elecciones primarias del binomio presidencial al menos ciento veinte días antes de la realización de la elección primaria.
El parágrafo segundo del mismo artículo refiere que el Tribunal Supremo Electoral convocará a las elecciones primarias del binomio presidencial.