Las prohibiciones están consignadas en la Resolución TSE-RSP-ADM N° 342/2025 del 22 de julio de 2025.
Antes y durante las elecciones generales de este domingo 17 de agosto en Bolivia regirán ocho prohibiciones dispuestas por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), entre ellas organizar manifestaciones públicas, consumir bebidas alcohólicas y portar armas de fuego.
Las prohibiciones están consignadas en la Resolución TSE-RSP-ADM N° 342/2025 del 22 de julio de 2025.
En efecto, la norma refiere que desde las cero horas de este jueves 14 de agosto hasta las 18h00 del 17 de agosto, queda prohibida cualquier forma de manifestación pública de apoyo o rechazo a una de las candidaturas.
En tanto, desde las cero horas del día viernes 15 de agosto y hasta las doce 12h00 pm del 18 de agosto, queda prohibido expender o consumir bebidas alcohólicas en domicilios particulares, tiendas, cantinas, hoteles, restaurantes y cualquier otro establecimiento público o privado.
De igual manera, desde las cero horas hasta las veinticuatro horas del día de las elecciones generales, queda prohibido portar armas de fuego, punzocortantes o instrumentos contundentes y peligrosos para la seguridad de las personas. No están comprendidas en esta prohibición las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, encargadas de mantener el orden público.
Desde las cero horas hasta las veinticuatro horas del día de los comicios, queda prohibido realizar actos, reuniones o espectáculos públicos de cualquier tipo.
También, desde las cero horas hasta las veinticuatro horas del domingo 17 de agosto, queda prohibido el traslado de electores de un recinto electoral a otro, por cualquier medio de transporte.
En caso de presentarse este hecho se remitirán antecedentes al Ministerio Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 238, inciso i) de la Ley No 026, que señala: La autoridad política o administrativa, dirigente de organizaciones políticas o cualquier persona que promueva, incite o ejecute el traslado masivo de personas con la finalidad de su inscripción y/o sufragio en lugar distinto al de su domicilio, será sancionada con pena privativa de libertad de dos (2) a cinco (5) años.
Por otro lado, desde las cero horas hasta las veinticuatro horas del día de las elecciones, queda prohibida la circulación de vehículos motorizados, sean particulares, oficiales o de servicio público, con excepción de aquellos que exhiban la autorización extendida por el Tribunal Supremo Electoral o Tribunales Electorales Departamentales.
Quedan exentos de esta prohibición los vehículos de la Policía Boliviana y de las Fuerzas Armadas que estén realizado tareas de seguridad y cadena de custodia.
Los conductores que incumplan la restricción vehicular serán detenidos por la Policía Boliviana hasta las 0 horas del día 18 de agosto. El vehículo será retenido y conducido a las Unidades Operativas de Tránsito, y devuelto una vez que el conductor haya depositado la multa que corresponda en la cuenta del Órgano Electoral.
Durante la jornada de votación también se suspenderá el servicio de las líneas del Teleférico en La Paz; asimismo se suspenderán los servicios de transporte terrestre, lacustre, ferroviario y aéreo de todo el país, con exclusión de los viajes que realicen los servidores públicos del Órgano Electoral o de las Fuerzas de Seguridad en cumplimiento de sus funciones.
Quedan exentos de esta prohibición, los vuelos internacionales en tránsito o los vuelos internacionales que se originen, arriben o tengan por destino Bolivia.
ABI