María Ximena Rodríguez Calderón

Reprogramación y/o refinanciamiento de créditos: un respiro financiero

En el desafiante escenario económico que Bolivia está atravesando, muchas personas y empresas han visto deteriorada su capacidad de pago de créditos y enfrentan dificultades para cumplir con las obligaciones financieras contraídas con los bancos.

Ante este panorama, en días pasados, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero instruyó a los bancos atender y analizar las solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación de créditos, como alivio importante para los prestatarios a efecto de mantener la continuidad en el pago de dichas obligaciones, evitando caer en mora y/o obtener financiamiento para continuar con sus actividades.

Contar con mecanismos como el refinanciamiento y/o la reprogramación de créditos para afrontar situaciones económicas complicadas permite a los prestatarios renegociar las condiciones de sus préstamos y/o acceder a nuevos recursos económicos. De esta manera, se reduce la presión sobre sus finanzas, se evita la mora y el sobreendeudamiento, y se preserva su historial crediticio. Tanto para las familias como para las empresas, estas alternativas ofrecen un respiro financiero que facilita la recuperación económica en contextos adversos.

La reprogramación de deudas consiste en modificar las condiciones pactadas de un préstamo —ya sea el plazo, la tasa de interés o el monto de las cuotas— para adaptarlas a la capacidad de pago del prestatario. El refinanciamiento, por su parte, se refiere a un nuevo acuerdo de crédito que puede ser renegociador con el banco a un monto adicional para inyectar liquidez a sus operaciones, así como nuevas condiciones de plazo y tasa de interés. Es importante mencionar que el destino del nuevo crédito debe mantener el mismo propósito que el crédito original.

Cada caso de reprogramación y/o refinanciamiento es tan particular como la situación económica de cada prestatario; por ello, la negociación debe realizarse de forma individual, considerando la situación económica actual y la proyección futura de su actividad.

Las solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación pueden incluir la posibilidad de contar con periodos de gracia, cuando los pagos de las cuotas del crédito están al día, o prórrogas, cuando el prestatario tiene cuotas vencidas; durante estos periodos, el deudor no está obligado a realizar pagos ni de capital ni de intereses. Es importante señalar que optar por estos mecanismos no conlleva, de manera automática,  una reclasificación del deudor a una categoría de mayor riesgo.

El refinanciamiento y/o la reprogramación de créditos se presentan como soluciones financieras clave para la población boliviana, especialmente para aquellos prestatarios del sistema financiero afectados por eventos adversos como conflictos sociales, dificultades económicas u otras circunstancias que comprometan su capacidad de pago. Estas herramientas permiten ajustar las condiciones de los préstamos a la nueva realidad del deudor, brindando un respiro financiero que contribuye a la recuperación económica de familias.

Los prestatarios que lo necesiten pueden acudir a su entidad financiera para exponer su situación particular y solicitar el acceso a los beneficios de la reprogramación y/o refinanciamiento, teniendo un plazo de hasta 30 días calendario para recibir una respuesta a su solicitud, la Autoridad de Supervisión vela porque los servicios financieros se brinden de manera equitativa, sin discriminación y en condiciones adecuadas de calidad, cantidad, oportunidad y disponibilidad, promoviendo una atención respetuosa y un trato digno para los clientes financieros.

Por: María Ximena Rodríguez Calderón/

Tribuna
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