Según el artículo 15 de la Ley 1357 del Impuesto a las Grandes Fortunas, la multa por incumplir el pago de este impuesto es equivalente al 200% del tributo omitido.
La Paz, 26 de marzo de 2024 (ABI).- El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) recordó este martes que el primer plazo para el pago del Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) fenece el jueves 28 de marzo, y que la multa por incumplimiento equivale al 200% del tributo omitido.
Las personas naturales y residentes en el país, con una fortuna neta acumulada situada o colocada en el territorio nacional y/o en el exterior mayor que Bs 30 millones, tienen plazo hasta el jueves para declarar y pagar el IGF, refiere un comunicado del SIN.
Según el artículo 15 de la Ley 1357 del Impuesto a las Grandes Fortunas, la multa por incumplir el pago de este impuesto es equivalente al 200% del tributo omitido.
Además, en ejecución tributaria, perderán el carácter reservado de la información, pudiendo la administración tributaria requerir el pago de la deuda tributaria mediante publicación en un medio de comunicación.
En este mismo sentido, las personas nacionales o extranjeras que no residen en el país, pero que posean en Bolivia una fortuna neta mayor que Bs 30 millones, deben pagar el IGF hasta el último día hábil de abril de este año.
Para declarar y pagar el IGF se debe ingresar en la página web www.impuestos.gob.bo, Sistema Integrado de la Administración Tributaria (SIAT), Portal Servicio al Contribuyente, Menú IGF y Formulario 022 “Impuesto a las Grandes Fortunas–Personas Naturales Residentes”.
Los contribuyentes radicados en Bolivia pueden pagar el impuesto determinado en efectivo o mediante instrumentos electrónicos habilitados por la administración tributaria.
Según el artículo 9 del Decreto Supremo 4436, cuando el IGF se paga desde el exterior el contribuyente determinará y abonará en dólares estadounidenses a la cuenta habilitada para el efecto por el SIN.