El TSJ instruyó que los antecedentes del proceso sean remitidos al fiscal general del Estado, Roger Mariaca, para que inicie un juicio de responsabilidades.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró nulo el proceso penal ordinario seguido contra el exprefecto de Pando, Leopoldo Fernández, acusado por la Masacre de Porvenir (2008), por considerar que no se respetó su fuero especial como exautoridad departamental.
Ahora, la causa fue remitida a la Fiscalía General del Estado para su tramitación mediante un juicio de responsabilidades, informó el presidente de la Sala Penal del TSJ, Carlos Ortega.
“La jurisdicción ordinaria nunca tuvo competencia para procesar a Leopoldo Fernández, ya que el hecho imputado data de 2008, cuando él aún ostentaba el cargo de prefecto”, afirmó Ortega a Correo del Sur.
El magistrado explicó que el auto supremo se fundamenta en el precedente vinculante de la Sentencia Constitucional 405/2023-S4, la cual establece que los exprefectos deben ser juzgados por la vía de juicio de responsabilidades cuando los delitos atribuidos se relacionan con el ejercicio de sus funciones.
El TSJ instruyó que los antecedentes del proceso sean remitidos al fiscal general del Estado, Roger Mariaca, para que inicie un juicio de responsabilidades.
Antecedentes
El proceso contra Fernández se remonta a los hechos ocurridos el 11 de septiembre de 2008, cuando un grupo de campesinos y normalistas que se dirigían hacia las oficinas del INRA, en Cobija, fue interceptado en el municipio de El Porvenir, a unos 33 kilómetros de la capital de Pando.
El enfrentamiento entre funcionarios de la entonces Prefectura y campesinos dejó 15 personas fallecidas, según informes de organismos internacionales.
Fernández fue condenado en 2017 a 15 años de prisión por el delito de homicidio, junto con otras 13 personas. Estuvo en prisión preventiva entre 2008 y 2013, y posteriormente cumplió detención domiciliaria hasta 2019.
ABI