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Una pareja realiza el registro de su bebé para obtener el certificado de nacimiento. Foto: Unicef

Gobierno otorga tolerancia laboral de una hora diaria a padres a cargo de menores de hasta 12 meses

Según la norma, la tolerancia se aplicará a padres trabajadores y servidores públicos cuando la madre del menor haya fallecido, esté declarada con discapacidad grave o muy grave.

El Gobierno ha establecido una tolerancia de una hora diaria en la jornada laboral para padres a cargo de un menor de hasta doce meses de edad, en casos donde la madre haya fallecido, sea declarada con discapacidad grave o muy grave, o tenga la tutela del recién nacido.

El Decreto Supremo 5175 tiene como objetivo garantizar el cuidado, preservar la salud y el interés superior del menor. Según la norma, la tolerancia se aplicará a padres trabajadores y servidores públicos cuando la madre del menor haya fallecido, esté declarada con discapacidad grave o muy grave, tenga una condición crítica de salud, o el menor esté bajo la tutela exclusiva del padre por declaración judicial.

La hora de tolerancia en la jornada laboral podrá ser utilizada íntegramente o fraccionada en dos períodos iguales, según el requerimiento del padre. Para acceder a este beneficio, los padres deben presentar al empleador o entidad pública el certificado de nacimiento del menor junto con uno de los siguientes documentos: certificado de defunción de la madre, certificado o carnet de discapacidad de la madre, informe médico correspondiente, resolución judicial de tutela, o sentencia judicial de divorcio ejecutoriada.

La Paz/ABI


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