Los intentos de ciertos sectores políticos por generar temor y desinformación en torno al Decreto Supremo 5143, que reglamenta la Ley de Registro de Derechos Reales de 1887, son injustificados y atentan contra la estabilidad jurídica del país.
La Constitución Política del Estado, promulgada en 2009 y por la cual estos mismos sectores pidieron el voto popular para su aprobación, establece de manera clara e inequívoca en su artículo 57 que "la propiedad inmueble urbana no está sujeta a reversión".
Esta garantía constitucional sobre la propiedad privada es inamovible y no puede ser vulnerada por ninguna norma inferior.
Es lamentable que quienes en su momento promovieron la aprobación de la Carta Magna ahora pretendan desconocerla y sembrar miedo en la población, señalando erróneamente que el decreto mencionado podría dejar sin efecto la protección a la propiedad privada consagrada en la Constitución. Estas afirmaciones no solo carecen de sustento legal, sino que también constituyen una abierta campaña de desinformación.
El Decreto Supremo 5143 no hace más que reglamentar una ley vigente desde 1887, tal como lo hizo el Decreto Supremo 27957, promulgado durante el gobierno de Carlos Mesa en 2004.
Su objetivo principal es modernizar y transparentar el Sistema Único de Registro de Derechos Reales, implementando un sistema informático centralizado que permita identificar de forma clara y precisa las propiedades a nivel nacional.
Lejos de amenazar la propiedad privada, esta iniciativa busca fortalecer la seguridad jurídica y la institucionalidad en el ámbito del registro de derechos reales, eliminando potenciales actos de corrupción y garantizando la bancarización de los pagos.
Además se prevé un proceso de institucionalización de cargos en el Registro de Derechos Reales, a través de convocatorias públicas y bajo la supervisión del Consejo de la Magistratura.
Es preocupante que ciertas voces políticas, impulsadas por intereses particulares y la ambición de recuperar el poder, recurran a tácticas alarmistas y engañosas para generar inestabilidad y desconfianza en la población.
Esta actitud no solo atenta contra el Estado de derecho, sino que también pone en riesgo la credibilidad del país ante los ojos de la comunidad internacional.
En un Estado de derecho sólido y democrático, la propiedad privada es un derecho fundamental que debe ser respetado y garantizado por todas las instituciones.
La Constitución Política del Estado es clara al respecto, y ningún decreto o ley puede contradecir sus preceptos. Es responsabilidad de todos los actores políticos y sociales velar por el cumplimiento de la Carta Magna y evitar la propagación de falsedades que solo siembran incertidumbre y división.
Bolivia necesita avanzar en un clima de estabilidad jurídica y confianza en sus instituciones. Las voces que intentan socavar estos principios fundamentales deben ser desestimadas y confrontadas con argumentos sólidos y apegados a la ley.
La propiedad privada está constitucionalmente garantizada, y ninguna maniobra política podrá cambiar esta realidad.