Los candidatos a la presidencia y vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, a senadores y diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional, están decepcionados por los resultados preliminares de las elecciones generales del 17/VIII/2025 publicadas por los Tribunales Electorales Departamentales (TED) y el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Ya que dichos resultados se sustentan en las actas de escrutinio firmadas por los jurados electorales que por imperio del Art. 55 la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional se constituyen en la máxima autoridad electoral de cada mesa de sufragio, concordando con el Art. 173 de la Ley 026 del Régimen Electoral que dice: “El Jurado Electoral es la única autoridad electoral competente para realizar, de manera definitiva, el conteo de votos de la mesa de sufragio y ninguna autoridad revisará ni repetirá ese acto. Los resultados de las mesas de sufragio consignadas en las actas de escrutinio y cómputo son definitivos e irrevisables…”; porque decepción es el: “pesar causado por un desengaño” (RAE). Decepción comprensible, porque no apoyaron quienes se estaba seguro que apoyarían y vieron frustrados sus deseos de ser elegidos.
Todo candidato quiere que los electores crean en todo lo que dicen y prometen en sus campañas, proclamaciones y cierre de campañas, para que voten por ellos; si no ocurre ello, se decepcionan, porque sin ese voto no valen nada. Por eso, es malo mentir y prometer cosas imposibles de realizar, peor si los electores no son tan tontos como para creer todo y saben que la mentira tiene patas cortas. El porcentaje de votos obtenidos por los candidatos decepcionados prueba de que los electores no creyeron lo que decían y prometieron día y noche los candidatos; por qué, ¿porque no creyeron que dichos candidatos salvarían a la patria de las crisis que atraviesa?, y porque siempre prometieron y perdieron en las elecciones generales desde 2005 hasta 2020. El poder político viene del voto ciudadano, expresado mediante el sufragio de manera igualitaria, universal, individual, secreto, libre y obligatorio, conforme dispone el Art. 43 de la Ley 026 del Régimen Electoral; sin ese voto, ningún político tiene poder, por eso, se dice que el poder está en el voto. En consecuencia, salta la pregunta: ¿qué poder tienen ahora los candidatos decepcionados?
Además, los resultados preliminares dados por los TED y TSE en cumplimiento de sus obligaciones y atribuciones están respaldadas por el Art. 190 de Ley 026 que dice: “Los procesos electorales… no pueden ser anulados, por ninguna causa y ante ninguna instancia”. Entonces, la decepción de los candidatos podría decirse que es por imperio de la ley, porque es consecuencia de la ley y porque no tienen el apoyo del soberano que no creyó en sus promesas y ahora se ríe de los decepcionados; no pueden decir que es por mala suerte, porque en política no hay mala suerte, es como en la agropecuaria -la pachamama- se cosecha lo que se siembra; tampoco pueden decir que es porque “un bicho raro” les habría picado, aunque los bichos raros ocasionan cambios como narra Franz Kafka en La metamorfosis para comprender los cambios y las decepciones.
También están decepcionados, porque no podrán cumplir sus promesas de: poner en libertad a su líder Luis Fernando Camacho y otros legalmente detenidos, ni podrán regalar el litio, el gas de Mayaya, el hierro del Mutún, el oro, las tierras raras, al imperio; menos privatizar las empresas e industrias nacionales. Porque con esos resultados resultan incapaces de cumplir sus promesas, ya que incapaz quiere decir: “Que no tiene capacidad o aptitud para algo…” (RAE).
La cosa es más grave, porque esa clase de decepciones suelen ser definitivas, ya que la decepción nace en la psique, se expresa en el rostro, en la boca y la ira. Decepciones que esperemos no provoquen ganas de desconocer los resultados de dichas elecciones ni desestabilizar al gobierno central, gritando: ¡mega fraude!, ¡fraude monumental!, o diciendo: bichos raros habían votado, hasta los pajaritos habían votado, y otras estupideces que las decepciones provocan; pese a que el Art. 108. 1 de la Constitución Política del Estado dice: “Son deberes de las y los bolivianos: 1. Conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. Los candidatos decepcionados, si de verdad son demócratas deben respetar los resultados obtenidos por voluntad del pueblo soberano.
Por eso, no se debe discriminar a los aymaras, quechuas y tupi guaraníes que constituyen el 90% del pueblo boliviano, creyendo estúpidamente que el voto de ese pueblo se puede manipular y comprar como en la era republicana; ignorando que ese pueblo ya sabe leer, escribir y es profesional en diferentes disciplinas del saber humano, por ello, no confía en falsos salvadores de la patria que decían día y noche estar seguros de ser ganadores y elegidos. Al respeto, La Biblia en Salmos 146. 3-4 dice: “No confíes en los príncipes, ni en hijo de hombre, porque no hay en él salvación. Pues sale su aliento, y vuelve a la tierra; en ese mismo día perecen sus pensamientos”.
Por: Armando Aquino Huerta/