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Guillermo Lasso

Asamblea Nacional de Ecuador aprueba continuar con proceso de juicio político contra Lasso

La decisión fue tomada con 88 votos a favor, 23 en contra y cinco abstenciones.

(AEP-Digital).- El pleno de la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó este martes una resolución que dispone continuar con el proceso de juicio político contra el presidente Guillermo Lasso ante el presunto delito de peculado.

La decisión fue tomada con 88 votos a favor, 23 en contra y cinco abstenciones. La resolución fue presentada por la asambleísta Viviana Veloz, quien es una de los proponentes del juicio político contra Lasso.

Estuvieron en el pleno 116 legisladores y sólo se requería la votación de la mitad más uno de los presentes para que la medida fuera aprobada.

A través de su cuenta en la red social Twitter, la Asamblea Nacional precisó que en el primer artículo de la resolución refiere "enjuiciar políticamente al presidente de la República, Guillermo Lasso, por la infracción constitucional de peculado prevista en el numeral 2 del artículo 129 de la Constitución".

El Parlamento añadió que en el artículo 2 dispone "al Presidente de la Asamblea Nacional que continúe de manera inmediata con la tramitación del proceso de juicio político, acorde al artículo 92 y siguientes de la Ley Orgánica de la Función Legislativa".

"Artículo 3: Difundir de manera inmediata la presente resolución, así como el expediente íntegro de este proceso a todas y todos las y los asambleístas", agregó el ente legislativo y explicó que en el artículo 4 se indica que el presidente ecuatoriano sea notificado.

 A través de su cuenta en la red social Twitter, la Asamblea Nacional precisó que en el primer artículo de la resolución refiere "enjuiciar políticamente al presidente de la República, Guillermo Lasso, por la infracción constitucional de peculado prevista en el numeral 2 del artículo 129 de la Constitución".

El Parlamento añadió que en el artículo 2 dispone "al Presidente de la Asamblea Nacional que continúe de manera inmediata con la tramitación del proceso de juicio político, acorde al artículo 92 y siguientes de la Ley Orgánica de la Función Legislativa".

"Artículo 3: Difundir de manera inmediata la presente resolución, así como el expediente íntegro de este proceso a todas y todos las y los asambleístas", agregó el ente legislativo y explicó que en el artículo 4 se indica que el presidente ecuatoriano sea notificado.


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