La decisión de suspender las elecciones primarias fue asumida en el Encuentro Multipartidario e Interinstitucional por la Democracia del 10 de julio, para garantizar las elecciones judiciales.
Por unanimidad, la Comisión de Constitución aprobó este lunes, en grande y en detalle, el proyecto de ley que suspende las elecciones primarias de binomio presidenciales de cara a los comicios de 2025, y lo remitió al pleno de la Cámara de Diputados para su tratamiento.
La norma, que se denomina Ley de Régimen Excepcional y Transitorio de Elecciones Primaria, logró el apoyo de todos los legisladores del MAS. Los tres representantes de oposición (Lily Fernández, Pablo Arizaga y Leonardo Ayala) no estuvieron en la sesión, ya que solicitaron licencia.
El presidente de la Comisión, el diputado Juan José Jauregui, informó que el proyecto de ley será remitido al pleno de la Cámara de Diputados para su análisis en esta semana.
La decisión de suspender las elecciones primarias fue asumida en el Encuentro Multipartidario e Interinstitucional por la Democracia del 10 de julio, para garantizar las elecciones judiciales.
De esa reunión participaron representantes de los 11 partidos políticos, de dos alianzas con representación en el Legislativo (Creemos y Comunidad Ciudadana), de los órganos Ejecutivo y Legislativo y de las organizaciones sociales, además de delegados del cuerpo diplomático y organismos internacionales.
“Los asistentes, de manera unánime, piden a la Asamblea Legislativa Plurinacional aprobar una Ley que suspenda las Elecciones Primarias para la gestión 2024 y retomar un análisis de su implementación progresiva para impulsar la democracia interna en las organizaciones políticas. El Tribunal Supremo Electoral presentará el proyecto de Ley pertinente”, se lee en el punto cuarto de la Declaración por la Democracia.
El artículo único del proyecto de ley 482 refiere: “La presente Ley tiene por objeto disponer, de forma excepcional, que para las Elecciones Generales 2025, no se llevarán a cabo las Elecciones primarias de candidaturas del binomio presidencial, en consecuencia, no se aplicará el artículo 29 (Elecciones primarias de candidaturas del binomio presidencial) y parágrafos 1 y II del artículo 51 (Solicitud de la alianza) de la Ley N° 1096, de 1 de septiembre de 2018, de Organizaciones Políticas”.
Una vez aprobado en la Cámara de Diputados, deberá ser remitido a la Cámara de Senadores para su revisión.
“No vemos que exista mayores contratiempos para acelerar el tratamiento, porque el proyecto de ley suspende la aplicación de un precepto de la Ley 1096”, indicó Jauregui.
En el Tribunal Supremo Electoral (TSE) esperan la promulgación de la norma en el menor tiempo posible, porque, si no, deberá convocar a las elecciones primarias el 17 de agosto en cumplimiento a la Ley 1096 de Organizaciones Políticas.
La Paz/ABI