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Miembros del TSE en conferencia de prensa en Santa Cruz.

Se garantiza elección judicial en 90 días si el 4 de septiembre hay lista de postulantes

Con los plazos cortos, el OEP estableció ese tiempo para organizar los comicios en cumplimiento al compromiso constitucional y la democracia.

La Paz, 15 de julio de 2023 (AEP).- Con los tiempos cortos, el OEP garantiza la organización de las elecciones judiciales en 90 días, siempre y cuando se cumplan fechas límites, una es el 4 de septiembre para que el Legislativo remita la nónima de los postulantes.

La decisión fue asumida en el Taller Nacional de Situación de la Planificación, Organización y Realización de la Elección de Altas Autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional 2023 en Santa Cruz, donde el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) aprobó el calendario electoral judicial con plazos reducidos.

El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Óscar Hassenteufel, explicó que el plazo de 90 días se encuentra establecido en el artículo 94 de la Ley 026, del Órgano Judicial, y se lo consideró por la actual coyuntura en la Asamblea Legislativa, donde el reglamento y convocatoria de preselección de magistrados está paralizado por un recurso de inconstitucionalidad abstracto presentado por el diputado de Creemos Leonardo Ayala.

“Se aprobó en lo formal el calendario electoral, que podría servirnos para llevar adelante el proceso de las autoridades del Órgano Judicial”, informó Hassenteufel.

Fechas

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En el comunicado, que fue leído por el vicepresidente del TSE, Francisco Vargas, se establecen las fechas límites que deben cumplirse para que este año se pueda elegir a los magistrados por voto popular.

Un plazo es el domingo 3 de septiembre, fecha en la que la Asamblea Legislativa debe concluir la preselección de candidatos y al día siguiente, lunes 4, remitir la nómina oficial al TSE, institución que anunciará, ese mismo día, la fecha de los comicios.

El otro plazo es el 3 de diciembre, para la organización de las elecciones por parte del TSE, siempre y cuando el Legislativo convoque oportunamente a la postulación de aspirantes.

El TSE no garantiza la entrega de credenciales si el Legislativo no cumple con las fechas.


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