Los salarios o remuneración serán cancelados conforme a lo dispuesto por la Ley 1468 de 30 de septiembre de 2022.
Los bomberos voluntarios que participan de la sofocación de incendios forestales deben ser registrados en el Viceministerio de Seguridad Ciudadana, para que pueden darse cumplimiento a la protección de su derecho laboral y no sean despedidos de su fuente de trabajo o se les pretenda obligar a reponer horas/trabajo.
Amparado en la Resolución Multiministerial 001/2024, el ministro de Trabajo, Erland Rodríguez, reiteró este lunes que los bomberos voluntarios que combaten incendios forestales en Santa Cruz, Beni, Pando y otras regiones no podrán ser despedidos de sus fuentes laborales ni tampoco deberán reponer horas de trabajo.
La certificación de participación deberán hacerla las organizaciones de bomberos, quienes a su vez facilitarán la lista de voluntarios en el Viceministerio de Seguridad Ciudadana.
La Resolución Multiministerial 001/2024 cuenta con seis artículos. Uno de los artículos dispone que “el Ministerio de Gobierno, a través del Viceministerio de Seguridad Ciudadana, en el marco de la situación de emergencia nacional, declarada mediante el Decreto Supremo (DS) 5219 certificará la participación de los voluntarios”.
Además, la certificación será válida para el “reconocimiento de horas laborales de los trabajadores y trabajadoras que permanezcan en organizaciones de bomberos voluntarios y equipos voluntarios de primera respuesta”, explicó el ministro.
En caso de que los empresarios incumplan con el reconocimiento de horas laborales de los voluntarios, las afectados podrán denunciar ante las Jefaturas Departamentales y Regionales del Ministerio de Trabajo.
“Los bomberos voluntarios podrán regresar a sus fuentes de trabajo, no pueden ser desvinculados bajo ninguna circunstancia. Y lo más importante, tienen que pagárseles los salarios de estas trabajadoras y estos trabajadores que están prestando voluntariamente su atención hacia nuestro país”, advirtió.
Los salarios o remuneración serán cancelados conforme a lo dispuesto por la Ley 1468 de 30 de septiembre de 2022.
Rodríguez recordó que los empleados que cumplieron su misión de voluntario no deben cumplir horas extras de trabajo ni deben reponer las horas trabajadas, “ellos ya están cumpliendo funciones en las áreas donde tenemos incendios forestales”, insistió.
La Paz/ABI