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De centros artísticos a sindicales, conoce las 14 categorías que no pagan impuestos en La Paz

De centros artísticos a sindicales, conoce las 14 categorías que no pagan impuestos en La Paz

El concejal Javier Escalier instó a las entidades que cumplen con los requisitos a regularizar su situación y solicitar este beneficio.

La Ley de Creación de Impuestos Municipales otorga exenciones en el pago de impuestos a bienes inmuebles que cumplan con determinados criterios. Estas medidas benefician a asociaciones, fundaciones y otras entidades que no persiguen fines lucrativos.

El concejal Javier Escalier explicó que las exenciones contemplan 14 categorías de entidades no lucrativas, entre las cuales se encuentran instituciones: religiosas, de caridad, beneficencia, asistencia social, educativas, científicas, ecológicas, artísticas, literarias, deportivas, políticas, profesionales, sindicales o gremiales.

“Esta norma busca beneficiar al conjunto de entidades en La Paz que cumplen funciones sociales fundamentales. Es indispensable que todas ellas accedan a estos beneficios de manera equitativa”, afirmó Escalier.

Según el concejal, uno de los casos recientes más representativos es el del inmueble del Sindicato de Transportes Virgen de Fátima, donde opera la federación de choferes Chuquiago Marka, afín al alcalde Iván Arias, y que logró evitar el pago de cerca de Bs 20.700 en impuestos pendientes desde 2016 a 2022 y que de la gestión 2023 evitó el pago de otros Bs 2.600.

“Este es un beneficio que debe alcanzar a todos los sindicatos y organizaciones sociales que cumplen con los requisitos legales establecidos”, enfatizó.

Requisitos para acceder a la exención

De acuerdo con la normativa, para gozar de esta exención, las entidades beneficiarias deben:

1. Contar con estatutos que especifiquen que la totalidad de sus ingresos y patrimonio se destinarán exclusivamente a sus fines.

2. Garantizar que sus ingresos no se distribuyan directa o indirectamente entre sus asociados.

3. En caso de liquidación, disponer que su patrimonio sea transferido a entidades de igual objeto o donado a instituciones públicas.

4. Solicitar el reconocimiento como entidades exentas ante la Administración Tributaria Municipal.

Escalier resaltó que la aplicación de estas exenciones también alcanza a inmuebles pertenecientes a misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales acreditados en el país. Asimismo, incluyen inmuebles para vivienda de beneméritos de la Campaña del Chaco y de personas mayores de 60 años que posean viviendas de interés social o económico.

Más beneficios

La norma también establece exenciones parciales, como el descuento del 60% en el Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles para propietarios que desarrollen actividades hoteleras en al menos el 80% del predio. Estos beneficios se aplican previa formalización ante la Administración Tributaria Municipal y bajo ciertas condiciones.

“Las exenciones son herramientas utilizadas por los gobiernos para incentivar ciertas conductas o aliviar cargas económicas en sectores específicos. Sin embargo, debemos garantizar que se apliquen de manera equitativa y que no generen distorsiones en el sistema tributario”, advirtió Escalier.

Finalmente, el concejal instó a las entidades que cumplen con los requisitos a regularizar su situación y solicitar este beneficio. “Es fundamental que todos los sectores involucrados conozcan y accedan a estos derechos, asegurando que las exenciones fiscales realmente contribuyan al bienestar social y económico del municipio”, concluyó.

¿Y los vehículos?

La Ley de Creación de Impuestos Municipales también otorga exenciones para vehículos automotores de propiedad gubernamental, diplomática y consular, así como para organizaciones internacionales, siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas.

Este esquema de exenciones representa un compromiso con el apoyo a sectores que trabajan por el desarrollo integral de la ciudad y sus ciudadanos, promoviendo una gestión tributaria inclusiva y transparente.

La Paz / AEP


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