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El proyecto de Ley 280 responde a exigencias internacionales

Contar con una ley de lucha contra la legitimación de ganancias ilícitas en el país no responde a un mero capricho. En primera instancia, generar una normativa de estas características para adecuarse a los estándares internacionales en el combate contra el lavado de dinero, el terrorismo y su financiamiento es una exigencia de la comunidad internacional en el marco de los compromisos asumidos por Bolivia, como miembro del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat), organización intergubernamental que agrupa a 18 Estados de América del Sur, Centroamérica y América del Norte.

Cabe señalar que la legitimación de ganancias ilícitas o lavado de activos genera distorsiones en los mercados debido a la competencia desleal que promueven quienes se dedican a esta ilegalidad, ya que crean empresas ficticias, generan variación de precios, entre otras prácticas que impactan en el sistema financiero y económico del país.

En ese sentido, el anteproyecto de Ley 280 de Fortalecimiento a la Lucha Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas, además de lo mencionado, también busca atender las observaciones que hizo al país el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) sobre la tipificación de terrorismo, sin intención de penalizar la protesta social ni perseguir a ningún ciudadano, como lo garantiza la Constitución Política y las leyes del Estado Plurinacional.

No obstante, tal como ocurrió en el pasado, se emprendió una nueva campaña de mentiras, impulsada desde sectores de derecha, que falsamente señalan que esta norma criminaliza la protesta social, lo cual está muy alejado de la realidad. Por el contrario, muchos países de la región cuentan con leyes de estas características, ya que de esta manera se brinda un paraguas normativo para enfrentar este tipo de ilícitos.

Al respecto, cabe mencionar que, al contrario de lo que se trata de posicionar en la población mediante falsedades, el proyecto de Ley 280 señala lo siguiente: “Las acciones de movilización social (…) que tengan por finalidad la reivindicación o ejercicio de derechos humanos, derechos sociales o cualquier otro derecho constitucional no serán consideradas como terrorismo”.

Este fragmento de la norma echa por tierra todas las tergiversaciones que se están generando respecto a una supuesta penalización de las movilizaciones sociales y a la vez deja en evidencia que para la oposición la mentira es la herramienta más fácil de usar cuando se trata de generar convulsión, sin importar el perjuicio que de fondo le genera al país.


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