El jefe político de Comunidad Ciudadana (CC), Carlos D. Mesa, reclamó airadamente la devolución de sus curules a los asambleístas diputados y senadores que cansados de recibir órdenes dictatoriales de dicho jefe se desmarcaron de esa agrupación política:
Cabe recordar que en la madrugada del 31 de mayo de 2023, en oportunidad en que la Asamblea Legislativa del Estado Plurinacional sesionaba interpelando al ministro de Justicia, Iván Lima, la senadora por Chuquisaca, Dra. Silvia Salame Farjat —de CC—, con argumentos irrefutables se desmarcó votando por la no censura al ministro, por lo cual el nombrado jefe —rabiosamente— la expulsó mediante una carta. El perdedor resulta ser el jefe, porque los desmarcados serían más del 50% de los asambleístas de CC, porque ya no piensan como el jefe quiere que piensen ni están dispuestos a hacer lo que él quiere que hagan.
El desmarque de dichos asambleístas patriotas pone en vigencia plena el DERECHO CIVIL Y POLÍTICO de expresar libremente pensamientos y opiniones previstos en el Art. 21. 5. de la Constitución Política del Estado (CPE), que dice: “Las bolivianas y los bolivianos tienen los siguientes derechos: 5. A expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones por cualquier medio de comunicación, de forma oral, escrita o visual, individual o colectiva”.
En otras palabras, los asambleístas desmarcados de CC dijeron NO AL ACOSO POLÍTICO EN CC, y desconocieron al nombrado jefe —que se las da de líder—, demostrando que Carlos D. Mesa NO ES PROPIETARIO DE LOS CURULES de dichos asambleístas y no obedecerán sus órdenes, porque violan el Art. 21. 5. de la CPE, los Arts. 18 y 19 de la Declaración Universal de los DDHH, que garantizan el derecho a la LIBERTAD DE PENSAMIENTO y la LIBERTAD DE OPINIÓN Y DE EXPRESIÓN; el Art. 13. 1. del Pacto de San José de Costa Rica, que garantiza los derechos referidos; además porque la conducta del jefe constituye delito de DISCRIMINACIÓN tipificado en el Art. 281 sexies del Código Penal que al respecto dice: “La persona que arbitrariamente e ilegalmente… impida o anule el ejercicio de los derechos individuales… por motivos de… ideología, opinión política o filosófica… será sancionado con pena privativa de libertad de uno (1) a cinco (5) años”, y delito de ACOSO POLÍTICO sancionado en la Ley N° 243 Contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres; máxime si dichos asambleístas fueron elegidos por el pueblo en las elecciones generales de 18 octubre de 2020.
Los hechos del nombrado jefe, y lo que gritó en pleno golpe de Estado de 2019, “fraude monumental”, sin pruebas de ninguna clase —“estoy llamando a la movilización”, “O voy preso, o voy a la presidencia”para después acogerse al “derecho al silencio” para no confesar sus delitos— y decir que en octubre de 2019 hubo un “autogolpe”; hace ver que tal político no es líder, porque líder es la “Persona a la que un grupo sigue reconociéndola como jefe u orientadora” (RAE), dicho en otras palabras, líder político es el que lucha por el bien común venciendo al mal, el que se hace respetar y admirar por sus palabras sabias e inteligentes, el que soluciona problemas difíciles de solucionar con ideas geniales, el que gana elecciones generales más de una vez, caso contrario no es líder, sino político fracasado inútil para Bolivia.
Hechos y conducta que hacen ver que el nombrado jefe con aires de líder desconoce el poder de las palabras, porque no sabe que con sus palabras ofende, humilla y hiere el sentimiento, orgullo e inteligencia de las bolivianas y bolivianos, resultando así conveniente leer El poder de la palabras, de Mariano Sigman; quiere decir también que no piensa antes de abrir la boca y pronunciar las palabras distinguiendo el bien del mal, lo cual invita a leer El hombre mediocre, de José Ingenieros, para conocer la talla moral de los mediocres y mentirosos que hablan de democracia, queriendo dar un golpe de Estado con la ayuda de la derecha nacional y la derecha internacional.