Encuéntranos en:
Búsqueda:

Foto: Archivo.

Jubilados cobrarán a partir de enero pensiones con incremento

La APS reguló la Ley 1582 del 1 de octubre de 2024, que modifica los límites solidarios mínimos y máximos de la escala de la pensión solidaria de vejez y el financiamiento del fondo solidario, establecidos en la Ley 065 de Pensiones.

La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) ya emitió la regulación de la nueva Ley 1582 y estableció que el incremento a la pensión de vejez será cobrado a partir de enero de 2025, devengado a octubre de 2024.

“Lo que estamos emitiendo con la resolución es que el mes del devengo es a partir de octubre; por lo tanto, las personas que puedan acceder a este ajuste de los límites solidarios van a tener en su pensión el incremento a partir de enero los meses correspondientes a octubre, noviembre y diciembre”, informó este viernes la directora de la APS, Maria Esther Cruz, en conferencia de prensa.

En cumplimiento de la normativa, la APS reguló la Ley 1582 del 1 de octubre de 2024, que modifica los límites solidarios mínimos y máximos de la escala de la pensión solidaria de vejez y el financiamiento del fondo solidario, establecidos en la Ley 065 de Pensiones.

La entidad emitió la regulación a través de dos resoluciones administrativas. La primera se refiere a la instrucción que se hace a la Gestora Pública para la aplicación de los límites solidarios establecidos en la Ley 1582, a partir del periodo octubre de 2024.

“El objetivo principal es que la Gestora inicie el pago de las pensiones con los nuevos límites solidarios a partir del periodo enero 2025 con devengo a octubre 2024, en beneficio de los jubilados”, reiteró.

Asimismo, la Gestora es responsable de identificar los casos que acceden a los nuevos límites solidarios, así como también del procesamiento respectivo de la determinación de los montos de la nueva pensión solidaria de vejez.

Además de la comunicación al respecto utilizando los medios tecnológicos referidos a la página web, plataforma, oficina virtual y boletas de pago. Esta entidad es responsable de la difusión de la información sobre la aplicación de los límites solidarios con mecanismos vía escrita, radial, audiovisual, entre otros.

Añadió que la segunda resolución administrativa, del 11 de octubre de 2024, regula los nuevos porcentajes solidarios establecidos en la Ley 1582 y que modifica los incisos C, D y F del artículo 87 de la Ley 065.

“Comunicar a todos los empleadores, asegurados dependientes, consultores y empleadores del sector minero, metalúrgico, que efectúen el pago del aporte solidario a partir del periodo de cotización correspondiente a octubre de 2024 con los porcentajes establecidos por la Ley 1582”, dijo,

Asimismo, para el caso de los asegurados independientes, los porcentajes establecidos entrarán en vigencia a partir del 17 de octubre de 2024.

Apuntes

El 1 de este mes, el presidente Luis Arce promulgó la nueva “Ley de modificación a los límites solidarios para la pensión de vejez”, que suprimió la jubilación voluntaria a los 65 años y mantiene la mejora de hasta Bs 1.000 de las rentas bajas.

Según la Gestora, con la anterior ley una persona que tenía 10 años de aportes se jubilaba con Bs 640, con la nueva Ley 1582 ese límite inferior sube a Bs 720, que sumados a la Renta Dignidad, dan Bs 1.020.

En tanto, un trabajador que tenía un promedio salarial de Bs 7.500 con la anterior ley se jubiló con Bs 4.200; sin embargo, ahora con la nueva Ley 1582, esta persona tendrá una renta de Bs 5.200 que, sumados a la Renta Dignidad, percibirá Bs 5.500.

La Paz/ABI

Ahora El Pueblo logo

Búsqueda