La norma dispone que el Órgano Ejecutivo hará la reglamentación mediante un decreto supremo en un plazo de hasta 10 días hábiles.
Con la promulgación y publicación ayer de la Ley 1670 por seis meses, rige el diferimiento automático de los pagos de las cuotas de préstamos bancarios a micro y pequeñas unidades económicas y créditos de vivienda de interés social.
Además, por el mismo periodo de tiempo se aplicará la suspensión de ejecuciones de embargos, sentencias, remates, desapoderamientos y otras medidas judiciales a prestatarios de créditos de vivienda de interés social.
La ley dispone que el Ejecutivo hará la reglamentación mediante decreto en un plazo de hasta 10 días hábiles.
PROTECCIÓN
La norma, denominada Ley Excepcional de Suspensión Temporal de Embargos y Ejecución de Sentencias de Procesos Judiciales por Créditos de Vivienda de Interés Social y Diferimiento de Créditos Otorgados para Vivienda de Interés Social y Créditos a las Unidades Económicas de Tamaño Micro y Pequeña, establece que tiene el propósito de proteger y defender los derechos fundamentales de los prestatarios.
“Las entidades de intermediación financiera y las entidades de arrendamiento financiero que operan en el territorio nacional, por el plazo de seis (6) meses, computables a partir de la publicación de la presente Ley, deben diferir automáticamente los pagos de las cuotas de los créditos otorgados para vivienda de interés social y de los créditos de las unidades económicas de tamaño micro y pequeña, comprendiendo dichas cuotas el pago a capital e intereses, seguros, comisiones y otros cargos”, refiere la norma en su artículo 3.
En su artículo 5 establece además que las medidas dispuestas no implican el incremento de las tasas de interés, ejecución de sanciones y penalizaciones por mora; el anatocismo, que es el cobro de intereses sobre intereses de la deuda; costos administrativos adicionales que sean aplicados contra los prestatarios; cobros de cuotas, ni intereses acumulados; modificación a los términos, condiciones y coberturas de las pólizas de desgravamen hipotecario, o a las pólizas que amparan la garantía de los créditos.
Anteriormente, el Ministerio de Economía informó que la norma responde a la solicitud de al menos 12 organizaciones sociales y que puede beneficiar a más de 1,4 millones de prestatarios.
Helen Rivero, presidenta de la Confederación Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype), destacó ayer la promulgación de la norma. “Muy felices, el sector de la pequeña y mediana empresa, porque ya está en la Gaceta; lo han promulgado. Es un trabajo de más de un año y medio. Realmente muy felices porque estamos dando un pequeño alivio a todo el sector micro y pequeño, gremialistas, choferes, todos los que van a poder acogerse a esta ley”, dijo en entrevista con radio Panamericana.
AEP



