La Asamblea Legislativa incumplió el pedido del Tribunal Constitucional de adecuar la Ley 1350, que regula los efectos de la censura a autoridades del Estado.
La Paz, 30 de junio de 2023 (AEP-Digital).- Hasta que no se pronuncien el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) sobre las normativas que regulan los efectos de la censura a ministros ¬ —que fueron declaradas inconstitucionales y hasta la fecha no son tratadas¬— no serán posibles nuevas interpelaciones a las autoridades del Estado que provoquen la censura, afirmó este viernes el ministro de Justicia y Transparencia Institucional, Iván Lima.
“En tanto no hablen el Tribunal Constitucional y la Asamblea Legislativa no va ser posible que se den nuevos actos de interpelación que ameriten censura porque está situación constituiría una arbitrariedad y frente a este hecho solo queda reaccionar con el derecho y la Constitución”, dijo en entrevista con radio La Razón.
En sus redes sociales, Lima recordó que TCP a través de su Sentencia Constitucional Plurinacional 0020/2023 de 5 de abril resolvió y declaró la inconstitucionalidad de los artículos 3.III, 4.I, 4.II y 4.III de la Ley 1350 de 16 de septiembre de 2020, que regula los efectos de la censura; pero además exhortó a la ALP a que adecue la referida ley para el cumplimiento de su finalidad, sin embargo a la fecha no se cuenta con la referida norma.
“La ALP tiene la tarea de adecuar la regulación de la censura bajo el principio de reserva legal, antes de aplicar disposiciones legales incompletas o inadecuadas, más cuando existe una potencial vulneración de los derechos fundamentales”, señaló la autoridad.
En ese contexto, manifestó que el presidente Luis Arce posesionó ayer a Eduardo Del Castillo como ministro de Gobierno sin transgredir la Constitución Política del Estado, apegado a la decisión de sentencia constitucional del TCP y a la retardación de la adecuación a los artículos de la referida ley por parte de la ALP.
“No hay más disposición que la CPE y algunos artículos no observados de la Ley 1350 en vigencia y ninguno de ellos le prohíbe al Presidente volver a nombrar como ministro a Eduardo del Castillo, porque la Asamblea primero debe contar con la normativa señalada que desarrolle la aplicación de la censura en nuestro país”, explicó Lima.
Así también recordó que, el 19 de abril de 2023, preocupado por la retardación a la modificación de la norma, el Jefe de Estado entregó el proyecto de ley que ‘Determina los efectos jurídicos de la Censura acordada por la Asamblea Legislativa Plurinacional, en el marco de sus atribulaciones constitucional’ al vicepresidente David Choquehuanca para su tratamiento.
Indicó que el 20 de abril, el Vicepresidente remitió el proyecto normativo a la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional para la tramitación de una nueva ley, acorde a la realidad democrática, y profundizando la independencia del Órgano Legislativo y el ejercicio de su atribución de fiscalización.
“El proyecto de ley cumple con el razonamiento jurídico planteado por el TCP al momento de objetar la constitucionalidad de varios de los artículos de la Ley 1350. Además, prevé la imposibilidad de restitución en el cargo de la autoridad censurada por el periodo constitucional, pero sin vulnerar derechos laborales, civiles y políticos”, resaltó
Por otro lado, recapituló que 21 de abril, el TCP recibió una Consulta Previa de Constitucionalidad sobre el referido Proyecto de Ley, por el que la Asamblea de momento está imposibilitada de emitir una nueva ley, mientras no se resuelva el caso ante el TCP.