El 23 de septiembre de 2022, Choquehuanca se ausentó del país y en ese caso sí correspondía el reemplazo del entonces presidente de Diputados.
La Paz, 15 de junio 2024 (AEP).- El diputado Juan José Jauregui ratificó que no hubo condición para que Andrónico Rodríguez, titular del Senado, convocara a sesión de la ALP, porque el Vicepresidente del Estado estaba en el país, por tanto, no hay prelación, como pasó en septiembre de 2022.
De acuerdo con especialistas, con la sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) del 6 de junio se vulneraron al menos cuatro artículos de la Constitución Política del Estado (CPE), por la mala interpretación y la falta de conocimiento que se hicieron parlamentarios de estos preceptos.
Cuestionada sesión
El 6 de junio, la alianza opositora de evistas, camachistas y mesistas en la Asamblea Legislativa hizo otra de las suyas. Esta vez forzó una sesión desobedeciendo un auto constitucional del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que ordenaba suspender la convocatoria que hizo el titular del Senado, Andrónico Rodríguez, para sancionar proyectos de ley, entre estos la 073 y 075, que cesa a los actuales magistrados judiciales.
La alianza opositora aprovechó la ausencia temporal del presidente Luis Arce, quien viajó a Rusia la semana pasada para suscribir varios acuerdos bilaterales, y con la entrega del bastón de mando al vicepresidente David Choquehuanca, el titular del Senado, convocó a una sesión calificada de “ilegal” y un golpe a la democracia por organizaciones sociales y legisladores del oficialismo.
El presidente de la Comisión de Constitución de Diputados, Juan José Jauregui, quien presentó el Recurso de Nulidad Directo al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) contra la sesión convocada por Rodríguez, ratificó que se vulneró la CPE, en especial el artículo 169, y no se consideró el 165.
artículo 165
Esta disposición de la CPE establece la composición y atribuciones del Órgano Ejecutivo, “compuesto por la Presidenta o el Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las ministras y
los ministros”.
“Las determinaciones adoptadas en Consejo de Ministros son de responsabilidad solidaria”.
En este caso, según el abogado constitucionalista Franklin Gutiérrez, la alianza opositora se olvida de que el vicepresidente, por formalismos, asumió el mando del país mientras duró la misión diplomática de Arce y no significa que esté ausente, además, Choquehuanca es parte del Ejecutivo y del Legislativo, así que se considera como primera vulneración a la CPE.
Artículo 169
Es el segundo artículo vulnerado y, según Gutiérrez, fue mal interpretado por la alianza política en la ALP. El 169 dispone: “En caso de impedimento o ausencia definitiva de la Presidenta o del Presidente del Estado, será reemplazado en el cargo por la Vicepresidenta o el Vicepresidente y, a falta de esta o este, por la Presidenta o el Presidente del Senado y a falta de este, por el Presidente o Presidenta de Diputados”.
Esto pasó el 22 de septiembre de 2022, cuando el entonces presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, convocó a sesión en ausencia del vicepresidente Choquehuanca, quien ese año viajó a Europa, y el actual titular del Senado estaba en Santa Cruz junto con el presidente Arce por la efeméride de esa región.
En esa oportunidad, en vista de la ausencia de Choquehuanca, se convocó a sesión para elegir al defensor del pueblo. Por tanto, expuso el diputado Jauregui, no existe prelación, como indica el asesor jurídico del Senado, Israel Quino.
Artículos 122 y 195
La tercera disposición vulnerada por el presidente del Senado es la 122, que indica: “Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley”, esto porque Rodríguez desobedeció el auto del TCP. El 195 señala: “El Tribunal Constitucional Plurinacional vela por la supremacía de la Constitución (...) En su función interpretativa, el Tribunal Constitucional Plurinacional aplicará como criterio de interpretación, con preferencia, la voluntad del constituyente”.
Ahora, la Vicepresidencia del Estado emitió una nota al TCP para consultar la validez de la sesión de Andrónico. El diputado Jauregui informó que la respuesta puede demorar 45 días, pero los magistrados podrían dar su veredicto en 15 días.