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Margarita Medrano, quien presentó el amparo. Foto: Archivo

Postulante que frenó las judiciales retiró sus documentos del proceso de preselección

Margarita Medrano, postulante al Consejo de la Magistratura, fue inhabilitada por incumplir el requisito de hablar al menos dos idiomas oficiales; sin embargo, se demostró el cumplimiento de este requisito en la etapa de impugnaciones.

La Paz, 15 de junio de 2024 (ABI). – La candidata al Consejo de la Magistratura, Margarita Medrano, quien paralizó con una acción de amparo el proceso de preselección de candidatos judiciales a mediados de abril, decidió retirar sus documentos y por tanto, apartarse de la evaluación de méritos del que solo falta las pruebas orales.

El secretario técnico de la Comisión Mixta de Constitución, Marcelo Maldonado, reveló la información durante la sesión del pasado jueves en la cual detalló las más de 35 acciones de amparo y acciones populares que enfrentó el proceso de preselección de candidatos a las elecciones judiciales y que aún no se reactiva.

“Margarita Medrano es la (candidata) de Santa Cruz que dio lugar a la primera paralización, señor presidente (de la Comisión, Miguel Rejas) y señores asambleístas, donde ha pedido la nulidad en parte de la resolución 028, esto es del Consejo de la Magistratura. Si bien se ha concedido la tutela, la postulante ha retirado toda su documentación”, informó.

Medrano, postulante al Consejo de la Magistratura, fue inhabilitada por la Comisión Mixta de Justicia Plural en el primer filtro de evaluación por incumplir el requisito de hablar al menos dos idiomas oficiales; sin embargo, se demostró el cumplimiento de este requisito en la etapa de impugnaciones.

Si bien la Comisión aceptó la impugnación, en esa nueva etapa observó que no cumplía dos requisitos específicos que se debían evaluar en el primer filtro: haber desempeñado, con ética y honestidad funciones en el área administrativa, disciplinaria, financiera y de recursos humanos, de conformidad al artículo 167 de la Ley 025 y tener conocimientos en el área de sus atribuciones, materia administrativa, disciplinaria, financiera o recursos humanos, de conformidad al artículo 167 de la Ley 025.

Al considerar como irregular la determinación, Medrano interpuso una acción de amparo contra el proceso de evaluación en la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.

Luego de admitir el amparo, la Sala Constitucional ordenó el 15 de abril, como medida cautelar, paralizar el cronograma de evaluación de méritos y examen de los postulantes, por lo que las comisiones suspendieron las pruebas orales a los candidatos que debía realizarse entre el 15 y el 21 de abril.

El 26 de abril, la Sala Constitucional concedió tutela a Medrano y dispuso que se emita una resolución sobre el recurso de revisión que presentó en la etapa de revisión, y que no se le hizo conocer.

Si bien el recurso de Medrano paralizó el proceso, fue el fallo de la Sala Constitucional Primera de Pando que anuló todo el trabajo de preselección a finales del mes de abril; no obstante, esta determinación fue revocada por el Tribunal Constitucional Plurinacional el 23 de mayo.

Las comisiones mixtas se reunirán, por separado, la próxima semana para reactivar este trabajo del que solo resta las pruebas orales, pero previamente deben resolver estos 35 casos de aspirantes que recurrieron a la justicia para continuar en carrera.


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