El tópico principal de esta sesión del Consejo, que es el máximo espacio de coordinación entre el nivel nacional y los niveles subnacionales, es el avance post censal.
La Paz, 30 de abril de 2024 (ABI). – Pasada las 15h30, el presidente Luis Arce instaló en Casa Grande del Pueblo la Decimoquinta Sesión del Consejo Nacional de Autonomías con la presencia de 25 de sus 27 integrantes.
“A todos los presentes un gran abrazo y felicidades, gracias por estar con nosotros en esta sesión del Consejo Nacional de Autonomías donde tenemos una convocatoria que ha sido emitida por esta Presidencia”, explicó en el inició de la plenaria.
De acuerdo con el secretario del Consejo y viceministro de Autonomías, Álvaro Ruiz, asisten a la sesión 25 de los 27 integrantes del Consejo. El gobernador de Cochabamba, Humberto Sánchez, no pudo asistir por motivos de salud y su colega de Potosí, Marco Copa, porque no tenía la autorización de la Asamblea Legislativa Departamental.
Sí asiste en representación de Santa Cruz, el gobernador en funciones Mario Aguilera.
El tópico principal de esta sesión del Consejo, que es el máximo espacio de coordinación entre el nivel nacional y los niveles subnacionales, es el avance post censal.
El Censo Nacional de Población y Vivienda se realizó el 23 de marzo. El Instituto Nacional de Estadística (INE) informó hace poco que tiene previsto que hasta agosto se tengan los resultados poblacionales a nivel municipal y hasta diciembre los datos poblacionales a nivel de circunscripción.
La Ley 1492 de Aplicación de los Resultados del Censo de Población y Vivienda en los Ámbitos Financiero y Electoral establece que, en base a los datos oficiales que emita el INE, el Órgano Ejecutivo debe efectuar la nueva distribución de recursos de coparticipación tributaria a partir de septiembre de la gestión 2024.
Además, establece que el INE debe remitir al Tribunal Supremo Electoral (TSE) los datos oficiales de población del Censo de Población y Vivienda “para que elabore el proyecto de ley de distribución de escaños, conforme al artículo 146 parágrafos V, VI y VII de la Constitución Política del Estado y la Legislación Electoral vigente, que se aplicaría en las próximas Elecciones Generales en el Estado Plurinacional de Bolivia”.