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PGE: “La reelección indefinida no es un derecho humano”

La Procuraduría General del Estado (PGE) emitió un contundente análisis jurídico que reafirma la postura adoptada por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en su sentencia 1010/2023, que dejó sin efecto el fallo que habilitó a Evo Morales a postularse nuevamente en 2019.

En su Análisis Jurídico Especializado N° 04/2024, la PGE concluye que la referida sentencia 1010/2023 del TCP "dejó sin efecto (superó)" la polémica Sentencia Constitucional Plurinacional N° 084/2017, que de manera insólita pretendió elevar la reelección presidencial indefinida al rango de un supuesto "derecho humano".

Este análisis de la PGE, en respuesta a consultas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el artículo 23 de la Convención Americana, termina por disipar cualquier duda en torno a la plena legitimidad de prohibir constitucionalmente la reelección presidencial indefinida.

Luego de estudiar la Opinión Consultiva 28/21 de la CIDH, la PGE ratifica que tal prohibición no solamente no contraviene los tratados de derechos humanos, sino que más bien "busca evitar que una persona se perpetúe en el poder" y resguardar así principios democráticos fundamentales, como el pluralismo político, la alternancia en el poder y la separación de poderes.

La reelección presidencial indefinida, advierte la Procuraduría, es "contraria a los principios de una democracia representativa".

Las constituciones que limitan los mandatos presidenciales no vulneran derechos, sino que precautelan la vigencia misma del Estado de derecho y los contrapesos republicanos.

Con este respaldo jurídico de la Procuraduría, Bolivia deja atrás aquella peligrosa tesis del "derecho humano" a la reelección indefinida que intentó normalizarse en 2017.

A partir de ahora, los bolivianos tienen la certeza jurídica de que nadie podrá pretender eternizarse en la Presidencia so pretexto de supuestos 'derechos' que la propia Corte Interamericana ha desestimado.

La reelección presidencial indefinida ha sido desterrada del marco jurídico boliviano y rigen los principios constitucionales de alternancia y temporalidad en el ejercicio del poder.

Con el contundente análisis jurídico de la PGE se cierra un capítulo de intentos de forzar interpretaciones antojadizas de la Constitución.


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