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Aduana recuerda que viajeros internacionales deben declarar la salida e ingreso de divisas en el Formulario 250

Los montos superiores a $us 20.000 dólares o su equivalente solo se pueden trasladar mediante entidades financieras reguladas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

 La Aduana Nacional (AN) recordó que los viajeros internacionales pueden salir o entrar al país hasta $us 20.000 o su equivalente en otras monedas. Solo deben registrar este monto en el Formulario Nro 250.

Esta medida se basa en el Reglamento para el Régimen de Viajeros y Control de Divisas, vigente y aprobado según las leyes nacionales actuales.

La norma exige que toda persona que entre o salga de Bolivia presente el Formulario Nro. 250 ante la Aduana Nacional. En este documento, debe registrar las divisas que lleva, si el monto está entre $us 10.000 y $us 20.000 o su equivalente en otras monedas.

Si lleva entre $us 1 y $us 9.999 o su equivalente en otras monedas, no es necesario realizar el registro de divisas en el Formulario Nro. 250.

Los montos superiores a $us 20.000 dólares o su equivalente solo se pueden trasladar mediante entidades financieras reguladas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

Si el viajero no declara las divisas o lo hace de forma incorrecta, enfrentará una sanción del 30% sobre la diferencia entre el monto encontrado en la revisión física del equipaje y el monto declarado.

Por otro lado, el viajero internacional puede traer en su equipaje artículos nuevos o de uso personal, sin fines comerciales, libres de impuestos hasta un valor de $us 1.000. Esta franquicia aplica cada 90 días desde su último ingreso.

Si el valor de los artículos supera los $us 1.000 pero no excede los $us 2.000, el excedente requiere nacionalización bajo el despacho aduanero de Menor Cuantía, también mediante el Formulario Nº 250.

Para montos mayores, el trámite debe realizarse con un despachante de aduana.

En los últimos años, la Aduana Nacional mejoró la eficacia de sus controles. Las sanciones por divisas no declaradas reflejan este progreso: en 2024, las multas sumaron Bs 13,5 millones; en 2023, Bs 11,8 millones; en 2022, Bs 5,4 millones; y en 2021, Bs 3,0 millones. Esto da un promedio anual de Bs 8,42 millones. En comparación, entre 2017 y 2020, el promedio anual alcanzó solo Bs 1,70 millones.

El Reglamento para el Régimen de Viajeros y Control de Divisas, aprobado por el RD 01-013-24 del 26 de febrero de 2024, se fundamenta en la Ley N.º 1990 (Ley General de Aduanas), el Decreto Supremo N.º 25870 (Reglamento a la Ley General de Aduanas) y el Decreto Supremo N.º 29681, modificado por el Decreto Supremo N.º 4492, de acuerdo con un reporte institucional.

ABI

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