La norma está abocada a personas que figuran en la lista del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, buscadas por delitos de terrorismo.
La Paz, 07 de abril de 2023 (AEP).- El viceministro interino de Pensiones y Servicios Financieros, Franz Apaza, aclaró que el Decreto Supremo N° 4906, publicado el 5 de abril de 2023, no establece el congelamiento de cuentas de los trabajadores gremiales ni de otras actividades económicas del país. Esta norma incauta las cuentas de los terroristas internacionales registrados en las listas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU).
La aclaración del viceministro surge ante la desinformación por parte de algunos dirigentes gremiales que afirmaron que el Decreto N° 4906 establecía el congelamiento de cuentas del sector gremial bajo sospecha de actividades irregulares.
“Es importante que la población entienda que este decreto no afectará a la familia gremial porque las personas que hacemos actividad económica, ya sea en el sector formal e informal, no estamos en las listas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, eso solo se aplica en delitos de terrorismo internacional”, aclaró el viceministro Apaza.
El citado decreto supremo se fundamenta en la Ley N° 262, vigente desde 2012, cuyo objetivo es dar cumplimiento a las medidas dispuestas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, inherentes a la aplicación del congelamiento preventivo sobre personas que se encuentran consignadas en las listas públicas que este organismo internacional emite para todos los países del mundo.
En Bolivia, estas medidas de congelamiento son aplicadas desde hace más de 10 años y, hasta el momento, no se vio afectado ningún ciudadano boliviano. Estas medidas buscan combatir contra delincuentes transnacionales, por lo que en ningún caso recaerían sobre el sector gremial, transportista, comerciante ni otro sector social en el país.
El viceministro dejó en claro que este decreto no tiene ninguna relación con el proyecto de Ley N° 280, norma que fue suspendida en el interior de la Asamblea Legislativa hasta que se socialice con los sectores sociales.
Al respecto, la directora general de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Indira Copa, explicó que el Decreto Supremo N°4906 está en el marco de la Constitución Política del Estado, cuida la garantía de presunción de inocencia y protege a los acreedores de buena fe.
“Estas listas (de terroristas) no son elaboradas por el Gobierno nacional, las listas son elaboradas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y el congelamiento de fondos ya se establece en la Ley N°262, por lo tanto, todos los bolivianos podemos estar tranquilos y seguros de que no se va a hacer ningún congelamiento a discrecionalidad, sino siempre basándonos en los derechos y garantías de todos”, enfatizó Copa.