El vocal Tahuichi aclaró que ninguna etapa del proceso electoral puede ser retrotraída, y no corresponde una ampliación del plazo para inscripción de candidatos por parte de PAN-BOL.
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia del Beni dejó en manos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) la cancelación o no de la personalidad jurídica del Movimiento Tercer Sistema (MTS); mientras que la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz ordenó al ente electoral emitir una nueva resolución sobre la cancelación de la personalidad jurídica del Partido de Acción Nacional Boliviano (PAN-BOL).
“La Sala Constitucional no ha dispuesto la cancelación de la personería jurídica o de la personalidad jurídica del Movimiento Tercer Sistema, es el Tribunal Supremo Electoral quien tiene esa facultad que se encuentra reservada, precisamente, a esta instancia electoral demandada”, dijo el magistrado Marco Antonio Justiniano en la audiencia en Beni.
En tanto, la resolución de la sala constitucional paceña 140/2025 fue en respuesta al amparo presentado por la directiva de PAN-BOL en contra de la Resolución 31/2025 del TSE del 7 de mayo, que canceló la personalidad jurídica del partido por no obtener el mínimo del 3% de votos en las elecciones de 2020, cuando solo obtuvo el 0,52% (31.765 votos).
Postura del TSE
Sobre el caso del MTS, el vocal Tahuichi Tahuichi explicó que el TSE espera la resolución firmada y que una decisión final será adoptada en reunión de Sala Plena.
“Todavía esa resolución tiene que ser revisada, remitida con carácter obligatorio en las 24 hora al Tribunal Constitucional Plurinacional, porque ahí se tiene la última palabra, quiere decir que puede ser ratificada o rechazada esa resolución. Nosotros, como Órgano Electoral, vamos a seguir acatando. En las próximas horas adoptaremos una postura institucional”, manifestó.
En el caso de PAN-BOL, el vocal explicó que se ordena al TSE emitir una nueva resolución “mejor redactada” y bajo “nuevos razonamientos procesales” sobre la decisión adoptada. “Vamos a pronunciarnos como institución”, apuntó. No obstante aclaró que “no corresponde determinar la ampliación del plazo para la inscripción de candidatos por parte de PAN-BOL”.
La líder de PAN-BOL, Ruth Nina, celebró la resolución de la sala constitucional y dijo tener hasta el 6 de junio para inscribir a sus candidatos; sin embargo, el vocal Tahuichi recordó que el 19 de mayo venció la inscripción y cerró con 3.290 postulaciones. Remarcó que este partido no registró candidatos.
“El proceso electoral vigente se rige bajo un principio de preclusión. El artículo 2, inciso k, de la Ley del Régimen Electoral, señala que ninguna etapa de ningún proceso electoral puede ser revisada ni retrotraída”, sostuvo el vocal.
AEP