Hassenteufel informó que ya se tiene una propuesta redactada y estudiada que sustituirá a la “anacrónica” norma del siglo XIX.
Bolivia cuenta con una Ley de Registro Civil que data del 26 de noviembre de 1898, siglo XIX. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) pidió la aprobación de un nuevo proyecto que reemplace a la “anacrónica” vigente normativa.
Para efectivizar su reemplazo, el presidente del TSE, Óscar Hassenteufel, informó que ya se tiene un texto “analizado, estudiado y redactado”.
El objetivo es sustituir a la “vieja y anacrónica Ley del Registro Civil del 26 de noviembre 1898”, apuntó la autoridad electoral durante el informe de gestión y el inicio del año electoral 2025.
“Así como darle vigencia legal a “algunos reglamentos e instructivos que constituyen el marco normativo en el área del Registro Civil”, agregó.
1898
El Registro Civil de Bolivia fue creado el 26 de noviembre de 1898, aprobado por el entonces presidente de la República de Bolivia, Severo Fernández Alonso.
Esta ley estableció oficinas de registro del estado civil en las capitales de departamento, provincia y sección.
Las oficinas de registro estaban a cargo de los notarios públicos en actual ejercicio. Estos debían nombrar funcionarios especiales para las oficinas de cada parroquia.
La normativa también establecía que sus funciones debían durar por un periodo de seis años y no podían ser destituidos, sino por sentencia ejecutoriada.
En esa época, los registradores recibirían un sueldo de 30 bolivianos mensuales, y los secretarios la mitad de esa cantidad. También se determinó una multa de 5 a 20 bolivianos para los encargados de cementerios y quienes autorizaran la sepultura de un cadáver sin licencia.
Modificación
Anteriores gobiernos trataron de actualizar esta norma vigente desde el siglo XIX, con la aprobación de otras leyes.
Un claro ejemplo es la Ley 2616, de diciembre de 2003, promulgada por el entonces mandatario, Carlos Mesa, para la corrección de letras, nombres y apellidos de los inscritos, además del registro de menores de edad hasta los 12 años.
Serecí
Actualmente, las funciones del registro civil del siglo pasado son asumidas por el Servicio de Registro Cívico (Serecí), pero bajo dependencia del TSE.
Sus funciones están establecidas en la Ley 018 del Órgano Electoral de 2010.
Esta norma fue modificada en 2018 para que el Serecí puedan ampliar sus servicios y efectivizar la cobertura del registro biométrico de las bolivianas en el exterior.
Registro civil de 1898
- Toda partida debía leerse a los interesados y testigos antes de firmarse.
- No se podían incluir en las partidas nada impertinente o que no debiera declararse de acuerdo con la ley.
- Las escrituras de poderes y otros documentos debían firmarse por el que los exhibía y por el jefe de la oficina.
- No se podía rectificar o adicionar un asiento firmado, excepto por sentencia del juez competente.
Buscan reformar las normas de los partidos
El presidente del TSE, Óscar Hassenteufel, anunció que este año trabajará para que se puedan reformar algunas normativas sobre organizaciones políticas con el fin de facilitar “su intermediación con el poder público” y garantizar la democracia representativa.
Actualmente, la norma que regula a las organizaciones políticas es la Ley 1096, aprobada en 2018.
De acuerdo con Hassenteufel, en Bolivia existen 13 organizaciones políticas de alcance nacional y 31 agrupaciones ciudadanas departamentales, 93 agrupaciones ciudadanas municipales y 24 naciones indígenas originarias.
La Paz / AEP