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Dirigentes de la CSUTCB, encabezados por Lucio Quispe. Foto: Archivo

Para que una organización sea acreditada debe cumplir al menos cuatro requisitos

Uno es contar con personería jurídica establecida en la Ley 351, primer paso que se exige para el reconocimiento legal y legítimo en el territorio.

La Paz, 20 de abril de 2024 (AEP). – Para que una organización social de alcance nacional como la CSUTCB acceda a su acreditación legal y legítima debe cumplir al menos cuatro requisitos. Uno es contar con su personería jurídica, establecida por ley.

Requisito uno. De acuerdo con el artículo 5 de la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas, sobre el reconocimiento a personas colectivas establece que “las organizaciones sociales, no gubernamentales, fundaciones y otros (...) cuyo ámbito de acción sea mayor al de un departamento”, es decir nacional, deben tramitar el documento ante la entidad competente del nivel central del Estado.

El responsable de la Comisión Política de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), Hugo Casillas, explicó que como organización de alcance nacional el trámite de solicitud corresponde al Viceministerio de Autonomías.

En caso de ser el sector social departamental, a la gobernación de cada región, apuntó.

Matrices históricas 

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En el caso de la CSUTCB, de la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia – ‘Bartolina Sisa’ (CNMCIOB-BS) y de la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia (CSCIB), la personería jurídica tiene larga data, porque éstas tienen una trayectoria de lucha histórica de reivindicación de sus derechos, dijo Casillas.

De los trabajadores campesinos su fundación se remonta al 26 de junio de 1979, de los interculturales su reconocimiento fue antes, el 18 de febrero de 1971; y de las mujeres ‘Bartolina Sisa’, el 10 de enero de 1980.

“Antes lucharon por largos años nuestros abuelos y padres para lograr su reconocimiento legal y legítimo”, dijo el representante de la Comisión Política de la CSCIB, Vidal Gómez.

Los otros tres requisitos son: convocatoria a congreso con firma de los nueve representantes, acta de posesión y entrega de credenciales, estos trámites se los hacen ante la Central Obrera Boliviana (COB), máxima entidad matriz de todas las confederaciones, federaciones y sindicatos.

Denuncia

Los dirigentes de la CSUTCB, los Interculturales y ‘Bartolina Sisa’ denunciaron que son objeto de usurpación por parte de grupos ligados a Evo Morales, a quien acusan de crear organizaciones paralelas en su desesperación por volver a gobernar Bolivia.

Hugo Casillas afirmó que ya se interpuso la demanda por instrumento falsificado y los grupos de choque tendrán que responder ante las instancias judiciales.

Los requisitos para la acreditación legal y legítima

-Contar con el reconocimiento de la Personería Jurídica otorgado por el Viceministerio de Autonomías.

-Convocatoria a congreso con firma de los nueve representantes departamentales.

-Acta de posesión de nuevos dirigentes.

-Acreditación por parte de la COB, ente matriz.


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