Encuéntranos en:
Búsqueda:

Siles: No hay forma de parar las elecciones. Si un juez admite un recurso, será revocado

Ahora, con este “blindaje”, enfatizó Siles, ningún recurso podrá interferir en las próximas justas electorales.

Ante el blindaje de los órganos Judicial y Electoral a las elecciones generales de agosto, el ministro de Justicia, César Siles, afirmó que ahora “no hay forma legal de parar” los próximos comicios en el país. En caso de que un juez admita un recurso, será revocado, por la instructiva que emitió el TSJ.

El ministro reiteró su satisfacción por el pronunciamiento de los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y, en especial, por  la Instructiva 07/2025, que emitió la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con lo que se garantiza un “blindaje total” para que las elecciones generales se celebren el 17 de agosto, fecha comprometida por los órganos del Estado, además de las principales fuerzas políticas del país.

Ahora, con este “blindaje”, enfatizó Siles, ningún recurso podrá interferir en las próximas justas electorales.

“No hay forma legal, ni en el TSJ ni en el TCP, de que se puedan paralizar las elecciones por estas vías. La ciudadanía que esté tranquila, el 17 de agosto se van a realizar las elecciones”, aseveró en Bolivia TV.

En Bolivia se generó una incertidumbre ante el conocimiento de que existen al menos seis acciones o recursos de inconstitucionalidad, tres en curso, interpuestos por varias personas, entre legisladores, exmagistrados y otros ante el TCP, en contra de la convocatoria de las elecciones generales de agosto.

“Sin duda hay intereses oscuros, políticos de querer frenar el proceso eleccionario, pero no es de parte del Gobierno, no es de parte del TCP, del TSJ, y eso debe quedar claro”, recalcó el ministro.

ACCIONES LEGALES

Ante ello, la Sala Plena del TSJ emitió un instructivo denominado Compromiso con la Democracia, para que jueces y vocales eviten “entrometerse” en el calendario electoral. Caso contrario, en el comunicado se establecen “acciones legales contra aquellas autoridades que, mediante sus resoluciones, intenten desestabilizar el orden constitucional establecido”.

“Los intereses individuales y personales no pueden conculcar derechos colectivos y desencadenar en un posible caos civil, exponiendo a la sociedad a debilitar el sistema democrático recuperado por el pueblo a costa de sangre en las calles”, enfatizó Romer Saucedo, presidente del TSJ.

COMPETENCIA PARA REVOCAR

Siles calificó el instructivo como una “acción patriótica” asumida por el TSJ dentro de las competencias que le confiere la Ley del Órgano Judicial, que fortalece a las elecciones generales.

Explicó que, al ser el Tribunal Supremo de Justicia la máxima instancia del Órgano Judicial, y al depender las salas constitucionales de esta instancia, pueden revocar a un juez en caso de que admita algún recurso contra los comicios de agosto.

“Si un juez se anima a dar curso a una medida cautelar o se anima a dar curso a alguna acción constitucional, de amparo o lo que corresponda, va a ser revocado inmediatamente por el TSJ y el TCP”, reiteró.

Siles expuso que los recursos admitidos respecto a la paridad en binomios y la inclusión de pueblos indígenas en las elecciones seguirán su curso y tendrán la resolución que corresponda, sin afectar el calendario electoral y la convocatoria que ya está vigente.

Para el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Gustavo Ávila, con la instructiva del TSJ, más el pronunciamiento del TCP, se respeta el principio de preclusión, considerando que ya se ejecuta el calendario electoral.

“Ahora, ninguna acción constitucional va a poder frenar ni poner en riesgo el proceso electoral”, sostuvo Ávila en Red UNO.

Las tres acciones constitucionales referidas a la paridad y a los pueblos indígenas seguirán su curso

El ministro de Justicia, César Siles, indicó que las tres acciones constitucionales presentadas ante el TCP, sobre paridad y alternancia en binomios e inclusión de pueblos indígenas en las elecciones generales, seguirán su curso procedimental.

“Si  alguno es admitido o rechazado u observado, aunque todavía no se llegó a esta etapa, lo que sucederá luego es que se traslade a la instancia u órgano emisor de la norma; en este caso es la Asamblea Legislativa, que es la instancia competente para modificar una ley”, expuso Siles en Bolivia TV.

Los tres recursos tienen la intención de modificar disposiciones específicas, entre estas los artículos 5  —de participación de pueblos indígenas en elecciones subnacionales— y 28 —de paridad y alternancia de género en entes legislativos o deliberativos— establecidos en la Ley 1096 de Organizaciones Políticas.

El ministro indicó que la carga procesal que tiene el TCP y los plazos establecidos en el Código Procesal Constitucional “impedirán que dichas sentencias sean emitidas antes de las elecciones del 17 de agosto”.

La autoridad señaló que mientras esto no suceda, la Ley 1096 y sus disposiciones rigen para las elecciones generales de agosto.

“Ahora, si queremos modificar o ampliar la norma, va a regir para la próxima elección general”, subrayó.

AEP


Imprimir   Correo electrónico

Ahora El Pueblo logo

Búsqueda