Encuéntranos en:
Búsqueda:

Adjudicación de una obra para la construcción de un hospital en Trinidad, Beni. (Foto: AISEM)

Las empresas se sujetarán a dos cláusulas para adjudicarse obras

El proyecto de ley que previene los ilícitos dispone como requisito tener una cuenta única y una disposición anticorrupción en contratos.

La Paz, 26 de junio de 2023 (AEP).- Para el proceso de adjudicación de obras en el nivel estatal, las empresas privadas estarán sujetas a dos requisitos, uno es la cláusula anticorrupción y el otro consiste en contar con una cuenta única, según dispone el proyecto de ley que crea el Sistema de Gestión de Riesgos.

La semana pasada, el Gobierno presentó a la Asamblea Legislativa el proyecto de Ley de Creación del Sistema de Gestión de Riesgos para la Prevención y Lucha contra la Corrupción. El objetivo es lograr mayores niveles de transparencia, utilizando las nuevas tecnologías de la información en la adjudicación de obras en los niveles estatales: nacional, departamental y municipal.

De acuerdo con el artículo 7 de esta futura norma, en todos los procesos de contratación pública las entidades estatales “incluirán la cláusula anticorrupción” en los contratos con las empresas interesadas en adjudicarse alguna obra.

Esta cláusula estará sujeta a la Ley 1390, que ordena que el “empleado público que, directa o indirectamente, abusando de su cargo, exija u obtenga dinero u otra ventaja ilegítima en beneficio propio o de un tercero” será sancionado de tres a seis años de cárcel e inhabilitado para la función pública.

También la Ley 004 tiene por finalidad la prevención, acabar con la impunidad en hechos de corrupción y (...) protección del patrimonio del Estado con la participación activa de las entidades públicas, privadas y la sociedad civil.

El otro requisito es que se debe abrir una cuenta única. El proyecto en mención dispone en su artículo 5, parágrafo II, que dicha cuenta bancaria solo será para registrar las “operaciones financieras emergentes de la ejecución del contrato” y autorizar el acceso a la información de la misma.

Esa autorización será incluida en una “cláusula en los contratos” conforme a reglamentación específica, cuando sea considerada por las empresas adjudicadas, establece el proyecto de ley.

Al respecto, el ministro de Justicia, Iván Lima, explicó que el acceso a la información sobre la cuenta será voluntario para la empresa, pero sí será obligatorio para los funcionarios públicos que contraten obras del Estado.

“Vamos a saber qué se está haciendo con los recursos del Estado. La cláusula anticorrupción obliga a las empresas a proceder con claridad. Un pago irregular podría generar una ruptura inmediata en la relación contractual”, dijo.

En caso de que las empresas acepten transparentar la información bajo la condición de estas dos cláusulas, pasarán a una “lista de integridad empresarial” que será administrada y sujeta a verificación, total o parcial, por parte del Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción.

SE Creará un Portal del Estado para el control social y digital

  • Portal del Estado. El objetivo principal es tener un punto de acceso a información gubernamental.
  • Función. Coadyuvar al ejercicio de la ciudadanía digital, al control social, a la transparencia institucional y al acceso a la información pública.
  • Administración. El portal será creado por la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (Agetic).
  • Componentes. Su estructura e implementación serán regulados a través de
  • reglamentación específica, que deberá ser aprobada por decreto supremo en un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario a partir de la publicación de la ley.
  • Competencia. El ente superior que manejará toda la información sobre los contratos del nivel estatal será el Viceministerio de Transparencia.

Imprimir   Correo electrónico

Ahora El Pueblo logo

Búsqueda