Se detectaron nuevos delitos como el financiamiento al terrorismo, seducción de tropa, instigación pública a delinquir y asociación delictuosa.
La Fiscalía presentó la ampliación de la imputación formal en el caso Golpe de Estado I en contra del gobernador Luis Fernando Camacho por seis nuevos delitos como financiamiento al terrorismo, seducción de tropa, instigación pública a delinquir y asociación delictuosa.
En este nuevo proceso, el excomandante de la Fuerza Aérea Boliviana (FAB) Jorge Gonzalo Terceros Terceros fue imputado por los delitos de cohecho pasivo, asociación delictuosa y uso indebido de bienes y servicios públicos.
La petición fue presentada en el Juzgado Primero de Instrucción Anticorrupción de La Paz, donde se pidió fijar hora y fecha para la audiencia cautelar. En el documento de imputación se pide además cuatro meses de detención preventiva.
Se asegura que “existe suficientes indicios” de que Camacho sea el autor de los delitos de “financiamiento al terrorismo, cohecho activo, seducción de tropa, instigación pública a delinquir y asociación delictuosa, tipificados y sancionados en los artículos 133 bis, 158, 127, 130 y 132 del Código Penal, así como el delito de uso indebido de bienes y servicios públicos tipificado y sancionado en el artículo 26 de la Ley 004, en relación al artículo 20 de la misma norma penal sustantiva”, según la ABI.
El artículo 127 del Código Penal sobre seducción de tropas establece que “El que sedujere tropas o usurpare el mando de ellas o retuviere ilegalmente un mando político o militar, para cometer una rebelión o una sedición, será sancionado con la mitad de la pena correspondiente al delito que trataba de perpetrar”.
Durante una reunión con su círculo de amigos, el propio Camacho reveló en diciembre de 2019 que su padre transó un acuerdo con militares y policías para evitar que respalden al presidente Evo Morales, lo que propició el golpe de Estado y la toma del poder por parte de Jeanine Añez, en cuyo gobierno de facto se produjeron las masacres de Sacaba (Cochabamba) y Senkata (La Paz).
Mientras que en el cohecho activo, el artículo 158 determina: “El que directamente o por interpuesta persona, diere o prometiere a un funcionario público o autoridad, dádivas o cualquier otra ventaja, para hacer o dejar de hacer algo relativo a sus funciones, será sancionado con la pena del Art. 145, disminuida en un tercio”.
El también excívico fue parte central de las movilizaciones cívicas violentas de 2019. Carolina Ribera, hija de Añez, reveló que Camacho fue parte del gobierno de su madre y que pidió muchos ministerios.
En su petición, el Ministerio Público sugiere realizar “una pericia de auditoría forense a las transacciones que Camacho realizó en 2019 y que, presuntamente, fueron a cuentas de algunos militares como del excomandante de la Fuerza Aérea Boliviana (FAB) Jorge Gonzalo Terceros, de quien su abogado admitió que recibió financiamiento del excívico.
Precisamente en este nuevo proceso, Terceros fue imputado por los delitos de cohecho pasivo, asociación delictuosa y uso indebido de bienes y servicios públicos.
La Fiscalía también consideró en su petición que es “necesario identificar, a través de la toma de declaraciones, a las personas que acompañaron en el vuelo en la nave del Ministerio de la Presidencia a Luis Fernando Camacho Vaca”, sin dar mayores datos.